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Cooperación entre los organismos que intervienen en la frontera, Parte 2 de 3

Nuestro segundo blog sobre la Cooperación entre los Organismos que Intervienen en la Frontera (COIF) se enfoca en un modelo conceptual desarrollado por la CBRA. Hemos creado este diagrama “CBRA-BAC15” para visualizar una serie de acciones fundamentales de la COIF y los beneficiarios principales, con contribuciones del Dr. Toni Männistö (investigador post-doc de seguridad de la cadena de suministro en CBRA), el Sr. Gerwin Zomer (TNO, gerente técnico para el proyecto FP7-CORE) y la Sra. Susana Wong Chan (promotora de materiales de educación y entrenamiento en CBRA).

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El diagrama está separado en tres sectores: en el lado izquierdo, las empresas de la cadena de suministro son los principales beneficiarios de las acciones de la COIF; en el lado derecho, las agencias gubernamentales  conforman el grupo beneficiario principal; y en la parte inferior, tanto las empresas de la cadena de suministro como las agencias gubernamentales que se benefician de las acciones del COIF. Cada uno de estos tres sectores contiene cinco ejemplos concretos de acciones de la Cooperación entre los Organismos que Intervienen en la Frontera – 15 en total – explicado en un momento usando ejemplos reales, siempre que estén presentes en la literatura o por recomendaciones de expertos. En el centro del diagrama yace un círculo con las “acciones inteligentes de mejoramiento transfronterizo” más genéricos, aplicables a virtualmente cualquier trabajo en facilitación del comercio global.

El diagrama no debería considerarse exhaustivo cuando se trata de todas las acciones opcionales para mejorar la COIF en algún país o región, o globalmente. Algunas de las 15 acciones fundamentales pueden estar fuertemente interconectadas, o bien, ser parcialmente coincidentes. Algunas de ellas pueden aplicarse principalmente en el ambiente de multi-agencias nacionales, y algunas de ellas principalmente en el ambiente internacional por ejemplo, el ambiente entre aduana-aduana. Además, la división de las acciones fundamentales en los tres grupos beneficiarios puede y debería ser desafiado por las audiencias interesadas. Sin embargo, empecemos ahora enumerando e ilustrando las 15 acciones fundamentales de la COIF.

Empresas de la cadena de suministro como los beneficiarios principales (sector izquierdo del diagrama). Las siguientes cinco acciones de la COIF pueden traer beneficios inmediatos a empresas operando en cadenas de suministro, en términos de ahorro de costos administrativos y aceleración de la cadena de suministro – menos trabajo lidiando con diversas certificaciones y visitas de auditoría, menos variación y costos de TI con la presentación de datos de importación/exportación y menos tiempo de espera en las fronteras.

  • Armonización de “Operador de confianza” & otros programas de certificación: en la Unión Europea, la regulación (No. 889/2014) implementada por la Comisión Europea actualiza las referencias a la legislación de seguridad de aviación vigente, incluyendo el reconocimiento del estatus del Expedidor Conocido (EC) y su relevancia para el Operador Económico Autorizado (OEA), y el enmarcamiento del alcance del reconocimiento de los requisitos comunes entre los programas respectivos.
  • Visitas de empresa & auditorías coordinadas: Estrechamente relacionado con las acciones previas de la COIF, en los Países Bajos, las Aduanas Holandesas ejecutan auditorías conjuntas sobre seguridad aduanera del OEA y expedidor conocido/agente regulado (carga aérea) con la Inmigración Holandesa y la agencia de policía aérea – durante la fase de aplicación, así como durante auditorías periódicas.
  • Armonización de los requisitos de archivamiento de datos: A pesar de la existencia de un modelo de datos global y armonizado, códigos arancelarios y estándares en procedimientos de despacho armonizados, hay muchas diferencias en las operaciones de exportación e importación, procedimientos de tránsito y requisitos de información entre países. Esto resulta en complejidad adicional en sistemas de TI para operadores del comercio global proveedores  y de servicios de logística. Un ejemplo son las declaraciones de seguridad pre-arribo, donde la armonización sería más útil por ejemplo, entre el Importer Security Filing, “10+2” en los Estados Unidos y la Declaración Sumaria de Entrada de Europa – Multiple Filing, respaldado por la Standard Trader Interface, bajo desarrollo dentro del Código de Unión Aduanera, CUA.
  • Intervenciones e inspecciones de frontera sincronizados: El artículo 4 del Acuerdo de transporte transfronterizo en la subregión del Gran Mekong sobre Facilitación de Formalidades en Pasos Fronterizos llama a las partes contratantes a adoptar progresivamente medidas para simplificar y acelerar formalidades fronterizas realizando inspecciones conjuntas y simultáneas de mercancía y de personas a través de las respectivas autoridades competentes de agencias como aduanas, migración, comercio, agricultura y salud. También provee inspecciones de una sola parada e insta a las autoridades nacionales de los países adyacentes a realizar inspecciones conjuntas y simultáneas.
  • Horas de funcionamiento armonizadas: Esto se aplica particularmente en el contexto de dos oficinas de aduanas vecinas – tener las mismas horas de apertura a lo largo de la frontera ayuda a maximizar el rendimiento diario. Como dice el Artículo 8 del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio, “En la medida en que sea posible y factible, los Miembros cooperarán, en condiciones mutuamente convenidas, con otros Miembros con los que tengan una frontera común con miras a coordinar sus procedimientos en los puestos fronterizos para facilitar el comercio transfronterizo. Esa cooperación y coordinación podrá incluir: … la compatibilidad de los días y horarios de trabajo…”. En la región ASEAN, el Artículo 7 del Acuerdo Marco de la ASEAN sobre la facilitación del tránsito de mercancías insta a las partes contratantes a “coordinar las horas de funcionamiento de los pasos fronterizos adyacentes”.

Las agencias gubernamentales como los beneficiarios principales (sector derecho del diagrama). Las siguientes cinco acciones de la COIF pueden proporcionar beneficios inmediatos para las agencias gubernamentales cooperantes, en términos de ahorro de costos y eficiencia mejorada – en otras palabras, identificar más violaciones y atrapando más “tipos malos” con menos gastos.

  • Intercambio de inteligencia, información y datos de la agencia: El Acuerdo de Asistencia Mutua en materia Aduanera (AAMA), , firmado bilateralmente por el Organismo de Servicios Fronterizos de Canadá, (Canada Border Services Agency -CBSA, en inglés-) y ocho contrapartes durante los años 1979-2010 (Comunidad Europea, Francia, Alemania, México, los Países Bajos, Sudáfrica, Corea del Sur y los Estados Unidos) proporciona a Canadá un criterio legal para compartir información sobre aduanas para prevenir, investigar y combatir ofensas aduaneras, particularmente fraudes aduaneros, y proveer asistencia mutua y recíproca para asegurar la aplicación adecuada de las leyes aduaneras. Bajo los AAMA, Canadá puede compartir información aduanera acerca de: personas, mercancía y medios de transporte; actividades planeadas, en marcha, o completadas, que cometan o parezcan cometer una ofensa aduanera en el territorio del país que está solicitando los datos; técnicas probadas de aplicación de ley; nuevas tendencias, medios o métodos de cometer ofensas aduaneras; y facilitación de actividades de evaluación de riesgo, dentro del mandato y autoridad de la CBSA.
  • Inversiones conjuntas en fondos de recursos comunes (materiales, instalaciones, etc.): En Finlandia, la Administración Aduanera y la Guardia Fronteriza comparten el mismo establecimiento y equipo. Cada autoridad tiene un papel designado en el servicio y mantenimiento del equipo. Las máquinas de rayos X son más que nada la responsabilidad de Aduanas. Equipos de análisis de calles, como almohadillas para probar los frenos de los camiones, también es cuidado por Aduanas. Todo el equipo puede ser compartido y operado por cada agencia bajo petición. Pues, a pesar de que el equipo pertenezca a solo una agencia, puede ser trasladado fácilmente a la otra, permitiendo un procesamiento más fácil del flujo de trabajo sin largos e innecesarios procesos administrativos, de este modo reduciendo costos.
  • Equipos conjuntos: En los Países Bajos, “HARC” – Hit and Run Cargo Rotterdam team, es una operación conjunta en la que participan la Policía Marítima Holandesa, Aduanas Holandesas, la Agencia Económica y Fiscal de Crimen y el Ministerio de Justicia, donde todos colaboran operacionalmente en la ejecución de narcóticos. Equipos conjuntos es diferente a operaciones conjuntas, porque los equipos conjuntos son una actividad a largo plazo/permanente, mientras que las Operaciones conjuntas “vienen y van”.
  • Operaciones conjuntas: La operación conjunta Meerkat (23-27 de Julio, 2012), que involucraba a la OMA y a la Interpol contra el tráfico ilícito de cigarrillos, tabaco y alcohol en el Sur y el Este de África, resultó en el decomiso de toneladas de productos transportados ilícitamente en siete países. Operación Meerkat se aseguró de que Aduanas y las autoridades policiales realizaran 40 redadas en puertos marítimos, cruces fronterizos terrestres, mercados y tiendas en Angola, Kenia, Mozambique, Namibia, Sudáfrica, Tanzania y Zimbabue. Más de 32 millones de cigarrillos – equivalentes a 1.6 millones de paquetes – 134 toneladas de tabaco crudo y casi 3,000 litros de alcohol fueron decomisados, que resultó en autoridades nacionales iniciando un número de investigaciones administrativas sobre evasión de impuestos y otras ofensas criminales potenciales.
  • Investigaciones y persecuciones criminales colaborativas: En los Estados Unidos las unidades de la Border Enforcement Security Task Force (BEST) juntan a oficiales de más de 100 organismos de seguridad bajo un mismo techo. El objetivo es identificar, investigar, interrumpir y desmantelar organizaciones transnacionales que plantean la más grande amenaza para la seguridad fronteriza, pública y nacional, empleando el rango completo de recursos federales, estatales, locales y tribales de la ley internacional. A lo largo de los años, la BEST se ha convertido en un modelo exitoso de colaboración interinstitucional para el cumplimiento de la legislación que está manteniendo a los Estados Unidos más seguro.

Tanto las empresas de la cadena de suministro como las agencias gubernamentales se benefician (sector inferior del diagrama). Las siguientes cinco acciones de la COIF pueden traer beneficios inmediatos para todas las partes de las cadenas de suministro transfronterizas, en términos de disminución de costos y mejoramiento de desempeño, desde la perspectiva de las empresas de la cadena de suministro y de las agencias gubernamentales.

  • Presentación de datos de importación/exportación/tránsito de tipo “ventanilla única”: En los Países Bajos, las autoridades han diseñado Digipoort, la “oficina de correos” del gobierno para negocios. Este sistema proporciona la infraestructura de comunicación para el intercambio de información digital entre compañías y autoridades gubernamentales. Digipoort permite que las compañías presenten información sobre importaciones y exportaciones en un solo punto de entrada dirigido a múltiples autoridades del gobierno.
  • Indicadores de riesgo común, perfiles de riesgo & sistemas de orientación: En Finlandia, las bases de datos comunes están conectadas a las bases de datos operacionales y de gestión de riesgos de las agencias, llevando a un enfoque común cuando una ‘señal’ es grabada. Algunos oficiales de control y cumplimiento han ingresado al sistema del otro en una frecuencia de “necesidad de saber”, con niveles de acceso restringido determinados por rango y responsabilidad funcional.
  • Reconocimiento mutuo de procedimientos & resultados de inspección de la cadena de suministro: Debido a que parte de la Unión Europea fundó el proyecto de investigación y desarrollo FP7-CORE (http://www.coreproject.eu/), las administraciones fitosanitarias y aduaneras en Kenia y los Países Bajos están trabajando en controles de reconocimiento mutuo llevados a cabo por autoridades kenianas, así como la explotación de certificados digitales fitosanitarios y otros documentos sobre comercio, entre ambos países. Fuera del mundo de la investigación, reconocimientos mutuos (RM) de inspecciones aduaneras están siendo explorados en el contexto de Acuerdos de RM de la UE, por ejemplo, con Japón.
  • Capacitación recíproca y potenciación de mano de obra: En Finlandia, oficiales aduaneros han sido entrenados por la Guardia Fronteriza para inspeccionar documentos de identificación y visas, entre otros procedimientos. Los guardias fronterizos, a cambio, han recibido entrenamiento básico en Aduanas, el cual incluye la inspección de vehículos y la identificación de mercancía prohibida y restringida, como drogas, alcohol y materiales de falsificación.
  • Acuerdos asociación pública-privada, sesiones de entrenamiento, etc.: En el 2011, en Hong Kong, el Departamento de Aduanas y de Impuestos estableció un Grupo de Enlace Conjunto con los representantes de transportistas y conductores de camión para intercambiar opiniones sobre operaciones y comentarios del Road Cargo System “ROCARS”. Además, Aduanas lanzó un programa de publicidad extensivo y estableció equipos de divulgación para ayudar a los accionistas a acostumbrarse a ROCARS. Otros departamentos gubernamentales están listados en el web-site de ROCARS http://www.rocars.gov.hk/ : Oficina de Desarrollo Económico y de Comercio, Departamento de Estadísticas y Censos, y el Departamento de Transporte.

Finalmente, el centro del círculo del diagrama CBRA-BAC15 resalta los principios básicos y clásicos de facilitación de comercio – naturalmente en el contexto de varias agencias teniendo que lidiar con regulaciones, procedimientos, sistemas de TI y requerimientos de datos transfronterizos:

  • Simplificación & Armonización: agencias trabajan juntas con el primer objetivo de racionalizar requisitos y procedimientos de certificación, para minimizar el número de elementos de datos obligatorios de parte de los comerciantes, etc.; y el segundo objetivo de unificar las reglas y requerimientos que enfrentan las empresas de la cadena de suministro.
  • Interoperabilidad & Sincronización: agencias invierten en mejorar la interoperabilidad entre sus tecnologías de inspección, sistemas de TI, etc.; también trabajan juntas para sincronizar mejor sus procesos de supervisión y control, particularmente para el beneficio de las empresas de la cadena de suministro.
  • Transparencia & Previsibilidad: agencias se mantienen bien informadas entre ellas de sus regulaciones actuales, procedimientos, operaciones, etc., así como de cambios futuros planeados – tal enfoque proactivo ayuda a minimizar sorpresas y molestias relacionadas.

Así concluye la segunda parte de tres de nuestro blog sobre la Cooperación entre los Organismos que Intervienen en la Frontera (COIF). En la parte 3 – a ser publicada posiblemente en febrero – nos enfocaremos en los arreglos institucionales dominantes sobre la COIF, incluyendo el establecimiento de agencias monofronterizas (e.g. en los EEUU y Australia); creación de puestos fronterizos de una sola parada, (one-stop border post –OSBPs, en inglés-) (múltiples ejemplos alrededor del mundo); realización de trabajo permanente de parte de otras agencias, etc. También planeamos discutir un poco más sobre los beneficios y costos de la COIF, así como los mayores desafíos y obstáculos de proyectos de COIF alrededor del globo. Hasta febrero, Juha Hintsa.

Cooperación entre los organismos que intervienen en la frontera, Parte 1 de 3

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“Un hijo amado tiene muchos nombres”, dice un viejo proverbio finlandés. Este dicho se aplica muy bien en el contexto de cooperación inteligente entre múltiples agencias cuando se trata de los movimientos de cadenas de suministro fronterizas, movimiento de mercancías y transportes’. La Organización Mundial de Aduanas habla sobre Gestión Coordinada de Fronteras (GCF); la Unión Europea sobre la Gestión Integrada de Fronteras (GIF); el Banco Mundial acerca de Gestión Colaborativa de Fronteras (GCF); y la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa sobre el Gestión Fronteriza Integral (GFI). Cross-border Research Association está alienado a una quinta definición: Cooperación entre los Organismos que Intervienen en la Frontera (COIF), un término utilizado en el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio. A pesar de pequeñas diferencias en el alcance, las prioridades, los principios subyacentes y la filosofía entre estos cinco términos (y posiblemente en aun más), uno puede fácilmente estar de acuerdo que el trabajo llevado a cabo en todas y cada una de ellas, tiene como objetivo coordinar las actividades fuera y dentro de los diversos organismos de control fronterizo, para el beneficio de agencias gubernamentales, así como empresas de la cadena de suministro.

Nuestro primer blog sobre la Cooperación entre los Organismos que Intervienen en la Frontera, COIF, proporciona una ilustración del peor caso de cuán complejo, lento y caro puede ser la ejecución de una cadena de suministro transfronterizo cuando no hay cooperación entre los organismos gubernamentales pertinentes, a nivel nacional e internacional. La ilustración es acerca de la exportación de carne desde América Latina (País X) a la Unión Europea (País Y), en transporte marítimo y en contenedores refrigerados.

Un productor de carne muy conocido en el país X, -también el primer Operador Económico Autorizado (OEA) en la producción de carne de vacuno en la región – acaba de firmar un contrato anual con un importador y distribuidor de carne de vacuno en el país Y. Como este es el primer acuerdo de exportación a la UE del productor, el productor debe garantizar que todas las licencias y certificados están de acuerdo con los estándares de la UE. La organización de certificados sanitarios, certificados de origen, certificados sanitarios, los certificados de exportación – y lo que tengamos – lleva semanas y semanas de tiempo. No hay comunicación o procedimientos puestos en marcha entre los diversos organismos y funcionarios para facilitar el proceso, no hay visitas coordinadas de la empresa o las auditorías, no hay intercambio de información, y ningún reconocimiento mutuo de las inspecciones.

Cuando todos los documentos finalmente están en su lugar, y las exportaciones regulares pueden comenzar, el productor de carne y el agente de carga debe de enfrentar un tedioso proceso de presentación de documentos de exportación en la aduana, a las agencias sanitarias, y a las agencias de seguridad nacional – con un conjuntos de datos algo similares, pero sin ninguna oportunidad de presentar una sola vez la documentación. Y cuando los controles de exportación y las inspecciones se llevan a cabo – sucede que a menudo – no hay sincronización en los tiempos de inspección entre las diferentes agencias. Una agencia puede venir a inspeccionar el contenedor refrigerado al mediodía del lunes, la segunda el miércoles por la mañana, y el tercero el viernes por la tarde – otra semana perdida en espera dentro de la cadena de suministro de carne de vacuno.

Una vez que el envío está felizmente a bordo hacia la UE, uno continúa experimentando pérdida de oportunidades para el COIF: no hay datos que se transmitan de la aduana o agencias sanitarias del país X a sus contrapartes en el país Y, para permitir el control del cumplimiento y la evaluación de riesgos antes de la llegada. En caso de sospechas criminales – por ejemplo, cuando empleados de la cadena de suministro usan los envíos de carne de res para el contrabando de cocaína – no hay información compartida entre la policía y aduanas, del país X al país Y. La opción de las operaciones policiales conjuntas entre el país X e Y de la policía y agencias de aduanas nunca ha sido ni siquiera considerado. Incluso a nivel nacional, tanto en el país X e Y, las agencias no están cooperando ni en el perfil de riesgo ni en el sistemas de orientación, ni durante las investigaciones y procesos penales – qué desperdicio de recursos a la hora de la captura y condena de los malos…

Mientras tanto, unos diez días después, el barco llega a un gran puerto en el país Y. Para el importador, no existe ninguna opción de presentar los documentos una sola vez; por lo tanto, los datos de importación deben ser transferidos por separado a todos los diferentes organismos en el país Y. Como la administración de aduanas en el país Y no tiene ningún Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) con aduanas del país X – ni cuando se trata de certificados AEO, ni a la hora de reconocer las inspecciones llevadas a cabo en la exportación – trata a la importación como un “riesgo de medio a alto”, por lo que pide inspecciones físicas. Y como el organismo sanitario no comparte los recursos comunes con la administración de aduanas – en realidad no hay instalaciones y equipos de inspección conjuntas, incluyendo máquinas de rayos x – e incluso, las horas diarias de apertura son diferentes a las horas de aduana, la agencia sanitaria lleva a cabo su propia inspecciones dos días después de la intervención aduanera. Y por último, la mejora de la situación no parece probable, ya que no existen asociaciones público-privadas conjuntas y no hay sesiones de entrenamiento para el cumplimiento de exportación / importación o similares en su lugar, ni en el país Y ni en el país X.

Con esto concluyo la primera de las tres partes de nuestro blog sobre Cooperación entre los Organismos que Intervienen en la Frontera (COIF). En la Parte 2 – que se publicará la próxima semana – presentaremos el modelo conceptual del CBRA(Hintsa J., Dec.2015) de acciones y beneficiarios claves del COIF: cuáles acciones clave se deben tomar en cuenta con el fin de agilizar la cadena logística, para ahorrar costo con todos los participantes, para aumentar la previsibilidad en general, y para mejorar el desempeño de las agencias gubernamentales, por ejemplo en términos de número de incautaciones y condenas. En el Blog COIF Parte 2, tenemos la intención de presentar algunas experiencias preliminares y los resultados de la vida real del proyecto-CORE FP7.

¡Por favor manténgase sintonizados!

 

CORE-Observatory

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 889/2014 de 14 de agosto 2014 por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2454/93, en lo que respecta al reconocimiento de los requisitos comunes de seguridad en el marco del programa de agentes acreditados y expedidores conocidos y el programa de operadores económicos autorizados (CORE1069)

Resumen: Reglamento de aduanas existente ((CEE) nº 2913/92 se establece el Código Aduanero Comunitario) y la legislación de la aviación (Reglamento (CE) nº 300/2008) prevé cierto reconocimiento de las certificaciones de los programas respectivos, en particular con respecto a la exámenes de seguridad hechas por cada uno de ellos. Reglamento (UE) nº 889/2014 es necesario para el reconocimiento de la condición de expedidor conocido con su relevancia para el OEA también, enmarcar el alcance del reconocimiento de los requisitos comunes entre los programas respectivos y permitir el necesario intercambio de información entre las aduanas y las autoridades de aviación. La 889/2014 está disponible para su descarga en: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014R0889&from=EN

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Revisión completa: El Reglamento (CEE) n° 2454/93 establece ahora que si estado del solicitante de Operador Económico Autorizado (AEO) es ya un agente acreditado o un expedidor conocido, el criterio relativo a “las normas de seguridad y protección adecuadas” se considerará que deben cumplirse en relación con las premisas para los que el operador económico obtuvo el estatus de agente acreditado o expedidor conocido. Puntos 6.3.1.2 y 6.4.1.2 del anexo del Reglamento (UE) nº 185/2010 (4) disponer que la autoridad competente, o el validador independiente que actúe en su nombre, debe tener en cuenta si el solicitante de agente acreditado o expedidor conocido sea el titular de un certificado OEA.

La aplicación práctica tanto de la legislación aduanera que regula el estatuto de OEA y de la legislación de aviación que rige al agente acreditado y expedidor conocido ha demostrado que el reconocimiento que existe entre los programas no es suficiente para garantizar las sinergias más altas posibles entre los programas de seguridad respectivas. Los requisitos de seguridad, tanto para el agente de seguridad de la aviación acreditado y conocido programa de expedidor y para el programa de aduanas del programa de OEA son equivalentes a tal grado que ambos programas pueden ser alineados más adelante.

Una alineación adicional de ambos programas en materia de igualdad en el nivel de reconocimiento, incluyendo el intercambio necesario de información es necesaria a fin de reducir la carga administrativa para el sector económico de que se trate y de las autoridades del gobierno (tanto para aduanas como de aviación para la aviación civil), mientras que se fortalece aún más el nivel actual de la seguridad.

Reglamento (UE) nº 889/2014 es necesario para el reconocimiento de la condición de expedidor conocido con su relevancia para el OEA al igual que enmarcar el alcance del reconocimiento de los requisitos comunes entre los programas respectivos y permitir el necesario intercambio de información entre las aduanas y las autoridades de aviación.

La autoridad aduanera de expedición deberá inmediatamente hacer disponible a la autoridad nacional competente responsable de la seguridad de la aviación civil, la siguiente información mínima relacionada con el estatus de operador económico autorizado, que tiene a su disposición:

  • El certificado OEA – seguridad y protección (AEOS, por sus siglas en inglés) y certificado OEA – simplificaciones aduaneras / protección y seguridad (AEOF, por sus siglas en inglés) incluyendo el nombre del titular del certificado y, en caso de ser aplicable, su modificación o revocación o la suspensión de la condición de operador económico autorizado y las razones para ello;
  • Información acerca de si el sitio específico de que se trate ha sido visitado por las autoridades aduaneras, la fecha de la última visita y el propósito de la visita (proceso de autorización, reevaluación, seguimiento); y
  • cualquier reevaluación de certificados AEOS y AEOF y los resultados de los mismos.

Relevancia para CORE: Los objetivos de implementación de CORE, que especifican lo que se hará y cómo se alcanzará la visión, están sujetos a las políticas, reglamentos y normas que existen en el dominio de seguridad de la cadena de suministro global. Los siguientes paquetes de trabajo se ven afectados directamente por el Reglamento de Ejecución (UE) nº 889/2014:

  • Investigación y Análisis: Llevar a cabo el análisis de requisitos y evaluación de impacto. El proyecto llevará a cabo análisis de requisitos desde diferentes perspectivas. En WP1 consolidaremos críticas de las regulaciones políticas del SCS y normas de Proyectos de Referencia y especificar los requisitos de apoyo a la ejecución.
  • Los Demonstradores: Los demonstradores CORE validarán la aplicabilidad y beneficios del enfoque CORE en escenarios de operación representativas característicos de la cadena de suministro global. Ellos mostrarán específicamente el camino hacia una segura cadena de suministro global. El objetivo primordial es demostrar una mejora sustancial en la seguridad y la facilitación que cubren cada faceta importante del sector de la seguridad de cadena de suministro.

Los domostradores CORE afectados por el Reglamento de ejecución (UE) no 889/2014 son:

  • WP12: Demostrador Schiphol – aplicar el concepto global del canal de datos para las cadenas de suministro de carga aérea, la gestión de los requisitos de cumplimiento del comercio específicas de carga aérea, y ofrecer visibilidad de la cadena de suministro en cuadros de mando. Líneas comerciales como por ejemplo: África que involucra la participación de múltiples autoridades de inspección.
  • WP17: DHL Demostrador – la gestión de los requisitos de cumplimiento del comercio de carga aérea de la UE-Estados Unidos en el contexto de suministro rápido de piezas.

También, WP19 es afectada aquí: Participación de los interesados- Difusión del Conocimiento y Desarrollo Sostenible. Especificar y aplicar una estrategia de participación inclusiva destacando la cooperación internacional para promover la armonización de las regulaciones, y para apoyar el desarrollo y la aplicación de las normas internacionales.

Las referencias cruzadas y citas:

  • http://ec.europa.eu/transport/modes/air/security/
  • Reglamento (CEE) nº 2913/92. Reglamento de la UE que establece el Código Aduanero Comunitario.
  • Reglamento (CE) nº 300/2008. Reglamento de la UE sobre normas comunes en el ámbito de la seguridad de la aviación civil permite que las entidades que cumplan con ciertas condiciones y requisitos pueden ser certificados para garantizar y contribuir a una cadena de suministro segura.
  • Barroso, J. (2014), “REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) nº 889/2014 del 14 de agosto 2014 que modifica el Reglamento (CEE) nº 2454/93, en relación con el reconocimiento de los requisitos de seguridad comunes bajo el agente acreditado y conocido programa expedidor y el programa de Operador Económico Autorizado”, disponible en: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014R0889&from=EN.

CORE1069
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Review of COMMISSION IMPLEMENTING REGULATION (EU) No 889/2014 of 14 August 2014 amending Regulation (EEC) No 2454/93, as regards recognition of the common security requirements under the regulated agent and known consignor programme and the Authorised Economic Operator programme (CORE1069)

Summary: Existing customs Regulation ((EEC) No 2913/92 establishing the Community Customs Code) and aviation legislation (Regulation (EC) No 300/2008) provides for certain recognition of the certifications under the respective programmes, in particular with regard to the security examinations done for each of them. Regulation (EU) No 889/2014 is necessary for the recognition of the known consignor status with its relevance for the AEO as well, frame the scope of recognition of the common requirements between the respective programmes and allow for the necessary exchange of information between customs and aviation authorities. Original files are coded as CORE1069, available in the CORE e-library. Source file at: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:32014R0889&from=EN
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Comentario del Plan Estratégico Multi-Anual de Aduanas Electrónicas REVISIÓN 2014 (CORE1052)

Resumen: El Plan Estratégico Multianual de Aduanas Electrónicas (MASP, por sus siglas en inglés) REVISIÓN 2014 es una herramienta de gestión y planificación elaborado por la Comisión Europea en colaboración con los Estados miembros de conformidad con el artículo 8 (2) de la decisión de la aduana electrónica. Todos los demostradores de CORE se ven afectados por el MASP. Los archivos originales se codifican como CORE1052, en la biblioteca electrónica del proyecto CORE. Fuente: http://ec.europa.eu/taxation_customs/customs/policy_issues/electronic_customs_initiative/electronic_customs_legislation/index_en.htm

Comentario “Plan para una única área de transporte europeo- Hacia un sistema de transporte competitivo y eficiente en los recursos” [COM (2011) 144 final], (CORE1029).

Resumen: En este White Paper, la Comisión se dispone a eliminar los principales obstáculos y cuellos de botella en muchas áreas clave a través de los campos de la infraestructura de transporte y la inversión, la innovación y el mercado interior. El objetivo es crear un área única de transporte europeo con una mayor competencia y una red de transporte totalmente integrada que une los diferentes modos y permite un profundo cambio en los patrones de transporte de pasajeros y carga. Para este propósito, la hoja de ruta presenta 40 iniciativas concretas para la próxima década, se explican en detalle en el documento de trabajo de la Comisión que acompaña el White Paper. Tiene algunos  antecedentes relevantes para el CORE, ya que propone iniciativas para construir un sistema de transporte competitivo que preserve la movilidad, elimine los principales obstáculos en áreas clave y alimente el crecimiento y el empleo. Los archivos originales se codifican en la biblioteca electrónica como CORE1029.

Revisión COM (2014) 527 Estrategia de la UE y el Plan de Acción para la Gestión del Riesgo de Aduanas (CORE1028).

Resumen: La presente comunicación propone una estrategia para mejorar las gestiones de riesgos en aduanas y la seguridad de la cadena de suministro («la estrategia») y una tabla de acciones prioritarias («plan de acción»). Los archivos originales están codificados como CORE1028, en la biblioteca electrónica CORE.

Revisión COM (2012) 793 Gestión de Riesgos de Aduanas y Seguridad de la Cadena de Suministro. (CORE1001)

Resumen: El objetivo de esta comunicación es para: (i) examinar la aplicación de la política de gestión del riesgo en aduanas; (ii) proponer un enfoque estratégico para los próximos años; (iii) hacer recomendaciones para la acción con un enfoque en el despliegue eficiente de los recursos. La gestión de riesgos efectiva de la circulación de mercancías a través de la cadena de suministro internacional es fundamental para la seguridad  y esencial para facilitar el comercio legítimo y proteger el interés financiero y económico de la UE y de sus Estados miembros. Hay retos críticos que deben abordarse y éstos no se pueden resolver de manera suficiente por los Estados miembros, sino que requieren acción de la UE para complementar y reforzar los esfuerzos realizados a nivel nacional. Relevante para todos los CORE, y específicamente para las cuestiones aduaneras, por ejemplo, Demostrador  WP14 FALACUS- FAstLAne through CUStom. Codificación en la biblioteca electrónica CORE es CORE1001

Proyecto FP7, Resumen del informe e-Freight (CORE3003a)

Resumen: Este documento trata sobre la revisión CORE de los proyectos de referencia y las especificaciones de los resultados reutilizables, en el proyecto FP7 e-Freight. Los autores son Marcus Engler y Oliver Klein, ambos de ISL. Los archivos originales se pueden encontrar en la biblioteca electrónica CORE, con la codificación CORE3003a. Más información sobre el proyecto en: http://www.efreightproject.eu/
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Lista consolidada de personas, grupos y entidades sujetos a sanciones financieras de la UE (CORE1025)

Resumen: Las sanciones de la UE son medidas restrictivas contra países terceros, personas o entidades que se utilizan como una herramienta política de apoyo a la Política Exterior y de Seguridad. Sanciones específicas de la UE están estipuladas por el Consejo de Seguridad bajo el Capítulo VII de la Carta de la ONU. Especialmente, las sanciones están dirigidas a evitar la financiación del terrorismo y que establecen obligaciones tanto para el sector público y privado. Documento completo y su fuente se codifican como CORE1025. Fuente: http://eeas.europa.eu/cfsp/sanctions/consol-list/index_en.htm
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Resolución sobre la lucha contra la corrupción en Europa, 1996 (CORE1022)

Resumen: Resolución sobre la lucha contra la corrupción en Europa. (1996). Diario Oficial C 01, 22/01/1996 P. 0443. Se refiere a las organizaciones criminales y su interés para influir en los operadores de la cadena de suministro con el fin de ejecutar las actividades delictivas. Relevante principalmente para CORE WP19 sobre la educación y entrenamiento. Documento completo y su fuente se codifican como CORE1022. Fuente: http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.douri=CELEX:51995IP0314:EN:HTML
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Tráfico de productos comunes y los impactos socioeconómicos negativos (blog CBRA el 14/01/2015)

¿Cuáles son los impactos socioeconómicos negativos  más comunes provocados ​​por violaciones/incumplimiento de reglas fiscales de importación/exportación de restricciones y prohibiciones? Esta entrada proporciona un resumen de alto nivel sobre los impactos negativos, derivado principalmente de una vasta reserva de prácticas y de literatura académica. En el proyecto CORE, esto es muy importante, al menos para las evaluaciones de impacto, y futuras recomendaciones de política – por ejemplo, WP1 y WP19.
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